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Violación: delito en aumento en Sonora

Como uno de los delitos con mayor presencia en el núcleo familiar de los mexicanos y el menos denunciado según el colectivo social, la violación ha tenido un incremento latente en los últimos años, como es en el caso de Sonora cuyo índice delictivo arroja un total de 141 casos atendidos por las autoridades locales y estatales, desde enero hasta julio de 2020.
Dicha cifra, extraída del reporte de incidencia delictiva del fuero común del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, la cual detalla que 111 corresponden a los delitos contra la libertad y la seguridad sexual tipificados como simple, mientras que 30 son los casos de violación equiparada.
A su vez, el Semáforo Delictivo de Sonora indica que dicha contabilización representa un aumento del 17% del delito en la entidad, tanto simple como equiparada, en comparación a las 121 víctimas registradas durante 2019.
En cuanto a la incidencia en San Luis Río Colorado, desde el inicio de este año hasta el cierre de julio se han reportado 6 violaciones, lo que significa un incremento del 100% al verse comparado con los 3 casos suscitados el año pasado, durante el mismo lapso.
VIOLACIÓN EQUIPARADA AGRAVADA
Por su parte, César Chávez Villapudua, licenciado en Derecho y Criminología, detalló que el artículo 218 del Código Penal de Sonora especifica que se culpa de violación cuando “al que por medio de la violencia física o moral tenga cópula (introducción del miembro viril en el cuerpo de la víctima, por vía vaginal, anal u oral, independientemente de su sexo) con una persona, sea cual fuere su sexo, se le aplicará de 5 a 15 años de prisión”.
En ese sentido, según el concepto jurídico plasmado en la fracción Primera del artículo 219, el delito es equiparado cuando existe “introducción anal o vaginal de cualquier elemento distinto al miembro viril, por medio de la violencia física o moral, sea cual fuere el sexo”; y posteriormente en su fracción Segunda define que “el juez aumentará en una mitad la sentencia cuando en los supuestos señalados se utilizare la violencia y que la persona (víctima) sea retrasada mental, impúber o no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho”.
Ante esto, Chávez Villapudua mencionó que la ley dicta que “la pena máxima que podría recibir una persona por el delito de violación equiparada agravada podría alcanzar los 22 años y 6 meses de prisión”.
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