HERMOSILLO, Son.- La concesión para la operación de una nueva ruta de transporte urbano otorgada por el Instituto de Movilidad y del Transporte de Sonora para cubrir la ruta Hermosillo.La Costa-Hermosillo tendrá que esperar.
El Juez Segundo de Distrito de Sonora, Julio César Moreno Fierros, otorgó el 26 de mayo de este año un amparo a la empresa “Autobuses Mixtos de Hermosillo” en donde se establece que el otorgamiento de la nueva concesión debe ser detenida.
En el segundo punto de la resolución de esa fecha el Juez determinó que iba en contra de la concesión otorgada por el Instituto de Movilidad para el Transporte (IMT), entonces dirigido por la ahora diputada Lirio del Castillo, el 24 de enero a favor de otra empresa.
“… La Justicia de la Unión ampara y protege a (aparece testado el nombre en la sentencia original) Autobuses Mixtas de Hermosillo contra los actos de la Junta Directiva y Comisión Ejecutiva de Vinculación Institucional, ambas del Instituto de Movilidad y Transporte del Estado de Sonora, y Gobernador del Estado de Sonora… que hizo consistir en la emisión del acuerdo o resolución tomados para operar a partir del veinticuatro de enero de dos mil veintitrés…”, indica el fallo.
El tribunal tomó la determinación luego de que el 31 de enero del 2023 la empresa Autobuses Mixtos de Hermosillo, quien opera una ruta de transporte en ese itinerario, rechazó la operación de la nueva concesión y con ello dio inicio un juicio bajo el expediente número 135/2023.
En el apartado Séptimo de la sentencia el Juez consideró que los argumentos de los abogados de la empresa demandante son esencialmente fundados los conceptos de violación presentados.
“En sus motivos de inconformidad la quejosa sostiene que las decisiones o acuerdos tomados por las autoridades Movilidad y Transporte, lesiona sus intereses y derechos, pues sus permisos les fueron expedidos desde el año 1953, y los actos de la autoridad fueron llevados a cabo en contra de la legislación aplicable y su reglamento”, precisa el juzgador.
Recuerda en su resolución que el Instituto de Movilidad antes de entregar una concesión debe cumplir con los requisitos que la ley establece de manera específica.
“… De lo contrario dicha actuación se considera ilegal y contraria a la Constitución”, advierte.
Moreno Fierros agrega que son fundados los razonamientos contra la determinación unilateral de las autoridades señaladas como responsables, pues estas no atendieron a los lineamientos que impone la legislación aplicable.
•por ello se considera que la determinación de la autoridad de imponer nuevas rutas de transporte: Hermosillo-Poblado Miguel Alemán- Hermosillo, no cumple con lo previsto por el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, puesto que sin ninguna justificación alguna, decidió que a partir del 24 de enero del 2023, se contaría con una nueva ruta”, estableció el Juez.
El Juez criticó que el Instituto de Movilidad y Transporte haya tratado de justificar la autorización de la nueva concesión con una publicación de Facebook:
“…Dicho acto carece de fundamento y motivación, pues la autoridad únicamente decidió publicar en su página oficial de la red social denominada “Facebook”, un cartel o fotografía que contiene la nueva ruta…”, dice el fallo que agrega las imágenes presentadas por el IMT.
El Juez recuerda que la autoridad estatal debe descansar primordialmente en la fundamentación y motivación de su actuar, consistiendo en expresar las razones y los motivos o circunstancias especiales de hecho.
Estos actos deben ser observados por toda autoridad administrativa y judicial que realiza actos de molestia en el ámbito de los derechos que tienen los gobernados.
“…No se excluyen uno del otro, sino por el contrario, deben coexistir en el documento en el cual se plasma el acto de afectación, resaltando que su expresión debe adecuarse entre sí, es decir, no basta que se motive, sino que los cuerpos jurídicos y las normas precisas que se están aplicando al caso concreto deben corresponder a las razones, motivos, circunstancias especiales o causas inmediatas que motivaron a la autoridad realizar actos de molestia o viceversa, siendo imprescindible que se plasmen en el escrito u oficio que se dirige al gobernado”, indica el Juez.
Piden datos técnicos
El titular del Juzgado Segundo de Distrito concluyó que los responsables del Instituto de Movilidad y del Transporte de Sonora deben contar con los estudios científicos, tecnológicos y socioeconómicos de demás acciones para llevar a cabo una modificación o ampliación de la ruta señalada, pueden realizar las gestiones necesarias a fin de brindar un mejor servicio los usuarios del transporte.
Eso, advierte, debe ser dentro del marco legal:
“…Dentro del marco legal que las rige y respetando el derecho humano de legalidad consagrado en el artículo 16 de la Constitución Federal, esto es, con base en una determinación que se encuentre debidamente fundada y motivada”, asentó en su fallo Moreno Fierros.
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El caso
+ Demandante: Autobuses Mixtos de Hermosillo
+ Demandado: Gobernador de Sonora
+ Tribunal: Juzgado Segundo de Distrito
+ Titular: Julio César Moreno Fierros.
+ Número de expediente: 135/2023.
+ Inicio de la demanda: 30 de enero del 2023.
+ Reclamo: Expedición de una concesión nueva empresa para ofrecer el servicio de transporte en el itinerario Hermosillo-La Costa- Hermosillo.
+ Primer fallo relevante: El 26 de mayo del 2023 el tribunal otorgó un amparo a la empresa y pidió al Instituto de Movilidad y del Transporte De Sonora que frene la operación de la nueva ruta.
Fuente: Consejo de la Judicatura Federal.
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El protagonista
+ Nombre: Autobuses mixtos de Hermosillo
+ Origen: Hermosillo.
+ Giro: Transporte.