Sonora es uno de los 11 estados del País que inexplicablemente aún no aprueban el matrimonio igualitario.
Esto a pesar de que desde 2015 la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una jurisprudencia en la que señala que es discriminatorio e inconstitucional el no validar estas uniones, y solo reconocer el matrimonio tradicional, entre hombre y mujer.
Si bien en días recientes se avanzó con su aprobación en Sinaloa y Baja California, en 11 de los 32 estados del país, incluido Sonora, el matrimonio igualitario sigue sin ser reconocido como un derecho en su código civil local.
Se trata de los estados de Durango, Estado de México, Guanajuato, Guerrero, Querétaro, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Veracruz, Yucatán y Zacatecas. En ellos, las parejas LGBTQ+ aún deben buscar en otras entidades un derecho que se les niega, o en su defecto comenzar un proceso de amparo, un costo adicional que las parejas heterosexuales no deben padecer.
A decir de los especialistas consultados, se ha observado que los congresos de entidades como esas se excusan diciendo que la jurisprudencia emitida por la SCJN no los obliga a reformar los códigos civiles locales. Defienden que ese criterio sólo repercute en instancias judiciales, y no en el Legislativo.
“La jurisprudencia está creada de tal manera que sólo obliga al Poder Judicial Federal y local a acatar”, explica el abogado y activista Alex Alí Méndez, director de litigio en la Asociación Civil ‘México Igualitario Derribando las Barreras’.
En ese sentido, fuentes de la Suprema Corte mencionaron que los estados y sus congresos no pueden recibir una sanción por no modificar su código civil, ni tampoco tienen un plazo que les demande hacerlo, a partir de la jurisprudencia que emitió desde hace 6 años.
Lo que sí puede ocurrir, es que ante el rechazo de los Congresos estatales los ciudadanos se organicen y encuentren vías para usar el criterio de la Corte a su favor, tal como ocurrió en Sinaloa.
O que la presión social empuje a los legisladores a reformar los códigos, en contra de la discriminación.
La SCJN reconoce el matrimonio igualitario desde hace 6 años
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una jurisprudencia en 2015, que enfatiza que cualquier código civil donde se entendiera el matrimonio como un enlace entre un hombre y una mujer, con el fin de procrear, era discriminatorio y por ende inconstitucional.
“Esto lo dictó la Suprema Corte, porque es la autoridad competente de interpretar la constitución y definir la validez de las leyes”, menciona Geraldina González de la Vega, titular del Consejo para Prevenir y Erradicar la Discriminación de la Ciudad de México (COPRED).
Pero esta jurisprudencia, por sí misma, no lleva a que se invaliden o modifiquen directamente los códigos civiles de los estados, y entonces se apruebe el matrimonio igualitario en todo el país.
“Quien tiene que modificar el código civil son los congresos locales, pero el problema con los congresos es que no están acatando esta interpretación que hace la Suprema Corte”, agrega González de la Vega.
“Si fuéramos respetuosos de un Estado de Derecho, los estados (y sus congresos) tendrían que atender esta interpretación que ha hecho la SCJN”.
Donde sí se impone la jurisprudencia, señala, es en los casos en que una pareja de personas del mismo sexo interpone un amparo, ante la negativa de una entidad de reconocer su matrimonio igualitario.
En esas situaciones los jueces tienen la obligación de resolver a su favor, siguiendo el criterio de la Suprema Corte. Sin embargo, el solo hecho de que las parejas del mismo sexo tengan que recurrir al paso adicional del amparo ya les discrimina, respecto al resto.
Sinaloa encontró una alternativa
En junio de 2019, los legisladores de Sinaloa discutieron por primera vez la posibilidad de que personas no heterosexuales pudieran contraer matrimonio. Y votaron en contra.
Sin embargo, ciudadanos inconformes con esta resolución acudieron ante el Poder Judicial de la Federación para interponer un amparo, sosteniendo que la negativa era una violatoria al artículo 4 de la Constitución Política y que, además, existía una jurisprudencia de la SCJN que establecía la no discriminación en el derecho al matrimonio.
El amparo fue concedido por el Juez Segundo de Distrito en el Estado de Sinaloa, Pedro Jara Venegas. De esta forma se notificó al Congreso de Sinaloa que tenían un plazo —que concluía el 15 de junio— para volver a discutir el tema y aprobar el matrimonio igualitario.
De no cumplirlo, el Juzgado consideró que se estarían vulnerando los derechos humanos de las personas que pertenecen a la comunidad LGBT+, lo que implicaba una multa para los legisladores.
Alex Alí Méndez reconoció que este caso fue “exitoso e histórico”, pues hasta la fecha “ningún juez había hecho eso”.
Agrega que “es algo que se ha intentado, pero no se ha tenido éxito, porque cada juez tiene independencia para resolver como considere”.
Los 4 estados donde su congreso no aprobó el matrimonio igualitario… y aún así es una realidad
En México hay 4 estados donde los Congresos locales no aprobaron el matrimonio igualitario en votación, y aún así prevaleció. Se trata de Jalisco, Nuevo León, Chiapas y Aguascalientes.
Esto sucedió gracias a que la SCJN intervino y emitió una respuesta invalidando algunos de los artículos, de los códigos civiles locales.
Pero esto no sucedió sólo porque sí.
Para que la SCJN pueda intervenir en los estados y sus códigos civiles hay ciertos requisitos y mecanismos que se deben de seguir, detalla Alex Alí Méndez.
Lo primero es que el congreso local vote una modificación a su código civil. Por ejemplo, que se discuta cambiar la edad para que alguien pueda acceder al matrimonio.
Luego del cambio aprobado, una instancia como la Comisión Nacional de Derechos Humanos tiene 30 días para hacer una demanda llamada “acciones de inconstitucionalidad”.
En palabras del experto, esto significa que notificará a la SCJN que en ese estado el concepto de matrimonio es un enlace entre hombre y mujer, con el fin de procrear, lo cual la misma jurisprudencia marca como inconstitucional.
La SCJN le dará la razón al demandante, y anulará algunos artículos del Código Civil de ese estado, para considerarlo no discriminatorio.
“Pero en estados donde no hay esos cambios legislativos, pues hay un impedimento para que intervenga la Suprema Corte”, sentencia Méndez.
La falta de legislación promueve la discriminación
La aprobación reciente del matrimonio igualitario en los congresos de Sinaloa y Baja California no fue un proceso simple.
Enrique Torre Molina, cofundador de la organización Colmena 41, explica que en cada estado son diferentes las rutas para que se reconozca el matrimonio igualitario.
Cuando finalmente el tema llega a ser discutido por legisladoras y legisladores, relata, es porque ya hubo un trabajo de muchos años por parte de organizaciones de la sociedad civil, y de la comunidad LGBTQ+, que ha estado luchando porque se reconozca esta posibilidad, con un impacto importante en la vida de las personas.
Por ejemplo Maky Pollorena, activista LGBTQ+ de Baja California, cuenta que durante la pandemia una pareja LGBTQ+ se contagió de COVID y uno de ellos desafortunadamente falleció.
Ahora su compañero corre el riesgo de perder el patrimonio que construyeron juntos, por no contar con los documentos legales de matrimonio a los que una pareja heterosexual puede acceder, sin ningun problema. Así como ese caso, hay muchos, sentencia Maky.
De tal forma que la aprobación reciente “significa poder darle certeza a las personas, para que no tengan que preocuparse por perder todo lo que han construido, y que tienen todo el derecho, como cualquier otra pareja, de poder reclamarlo”, dice Maky.
En este sentido, Torre Molina destaca que la discusión y subsecuente aprobación del matrimonio igualitario “ha generado que la comunidad LGBTQ+ se vuelva más visible, y ha evidenciado otras necesidades y retos que tenemos más allá del matrimonio”.
Una meta que se va a lograr
La jurisprudencia emitida por la SCJN sentó las bases para que cualquier pareja en México que quiera casarse pueda hacerlo. “Por eso es que la Suprema Corte de Justicia ha sido una institución fundamental para que el matrimonio igualitario avance en diferentes partes del país”, enfatiza Enrique Torre Molina, cofundador de Colmena 41.
Maky relata que antes de la reciente aprobación en Baja California, algunas parejas tuvieron que esperar hasta dos años para poder casarse.
Y ahora, “ya no se necesitará solicitar un amparo, que era costoso y que implicaba no saber cuándo te ibas a casar”, señala.
“Llegaba el día de la boda y no llegaba la persona que los tenía que casar o no les permitía las platicas prematrimoniales, era desgastante, humillante para la comunidad que quería tener acceso a ese derecho”, describe.
Alex Alí Méndez relata que estos juicios de amparo comenzaron a promoverse desde 2012, iniciando en Oaxaca. Pero el problema es que, como dice Enrique Torre, “el que yo tenga que hacer un amparo para casarme es discriminación, porque tengo que asumir un costo que otras personas no”.
Para que en todo el país el género y orientación sexual no sean un impedimento para formar una familia ante la Ley, Geraldina González de la Vega dice que lo que por ahora queda es exigir a los congresos faltantes que aprueben las reformas a los códigos civiles.
“La otra vía es que los registros civiles casen sin la necesidad de los amparos, que los registros civiles acaten esa jurisprudencia sin necesidad de que las parejas se tengan que amparar”, señala.
Que cada estado tenga que modificar su código civil es complejo y tardado, pero es la única vía para hacer realidad el matrimonio igualitario.
Ante la pregunta de por qué no hacer un código civil federal que regule todos los estados, la titular de COPRED explica que esto solo podría suceder “si decidiéramos desaparecer los códigos civiles de todos los estados, y se hiciera un código civil único”.
Pero, para hacerlo “se tendría que reformar la Constitución en su artículo 73, para darle el poder al Congreso Federal de un código civil único y con ello derogar los demás códigos civiles estatales, y el código civil único podría decir que el matrimonio es entre dos personas (sin importar su género y su orientación sexual).
“Aunque parece que no, en México es un derecho que ya está definido, solo se está tardando un poco más en algunos estados, pero ya no hay vuelta atrás”, señala Enrique Torre.
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Esta nota fue elaborada con material publicado por Animal Político.