Los diputados en Sonora están a punto de hacer algo histórico: están por aprobar reformas al Código Penal del estado de manera que todo contenido que produzca “daño moral” sea dado de baja de cualquier plataforma digital.
El “daño moral” ya existe en el código penal, el término se usa para castigar delitos como difusión de contenidos íntimos de una persona, corrupción de menores y secuestros, fraude, y una larga lista de delitos. Ahora, el mismo término será definitorio para saber si un contenido en internet debe darse de baja: si un ofendido reporta que hay “daño moral” en su contra, a causa de un contenido en alguna plataforma digital, el Ministerio Público puede ordenar que se dé de baja.
Si un Ministerio Público lo ordena, la plataforma digital en cuestión tiene un plazo de máximo 24 horas para dar de baja un contenido.
“En aquellos casos en los que la víctima u ofendido considere que existe un daño moral podrá solicitar ante el Ministerio Público como medida de protección, la interrupción, bloqueo, destrucción o eliminación en medios impresos, redes sociales, plataforma digital o cualquier dispositivo o medio tecnológico, las imágenes, audios o videos que involucren a la víctima u ofendido, que se hubieran obtenido, expuesto, distribuido, difundido, exhibido, reproducido, transmitido, comercializado, ofertado, intercambiado o compartido sin el consentimiento de su titular.
Iniciativa en el congreso de Sonora
En el artículo 2087 del código penal se define al “daño moral” como “afectación que una persona sufre en sus sentimientos, afecto, creencias, decoro, honor, reputación, vida privada, prestigio o aspecto físico”. Con esa definición, un contenido que afecte “en sus sentimientos” a un individuo, causará entonces “daño moral”, de forma que, si hay petición del individuo, un Ministerio Público debe darlo de baja.
Sería “censura en Internet” dicen organizaciones
Artículo 19, Red por la Defensa de los Derechos Digitales, SociaTIC y Derechos Digitales, se agruparon para lanzar un comunicado conjunto sobre la iniciativa en Sonora. A decir de las organizaciones civiles, “la propuesta de reforma permitiría la censura y la eliminación indiscriminada de contenidos publicados en Internet”. Lo que preocupa, precisamente, son las facultades dadas a Ministerios Públicos para eliminar contenidos que causen “daño moral”.
La iniciativa también pretende imponer castigos a conductas que violan la intimidad de las personas. Otra de las modificaciones son penas a quien grabe contenido sexual íntimo de una persona sin su consentimiento; los antecedentes los hemos visto en cómo estados como Ciudad de México, Oaxaca y Veracruz han tipificado la violencia digital.
Pero el problema, dicen organizaciones, es que al hacerlo utilizan el término “intimidad sexual” sin definirlo. “Este podría interpretarse como cualquier parte del cuerpo que una persona considere íntima: un codo, un cuello, un brazo, por ejemplo”. Con ese nivel de vaguedad, una conducta sería delito o no según las experiencias de una persona o la autoridad de quien investiga.
En suma, se trata de “falta de técnica legislativa”: falta de elementos y nociones para que diputados puedan concretar cuáles conductas de la vida digital deben ser consideradas delitos.
Toda eliminación de contenido, dicen las organizaciones, debe tener un proceso claro y minucioso, para que no haya abusos en los procedimientos o puedan utilizarse con motivos de censura.
Las reformas serán votadas en la sesión del congreso del viernes 14 de agosto programada para las 10 de la mañana.