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Empresa guaymense pierde amparo vs Gobierno de Sonora

HERMOSILLO, Son.- La empresa “Organización y Servicios DESA”, dedicada al manejo de nóminas, perdió un juicio de amparo relacionado con el cobro de una sobretasa de 2% a 3% al Impuesto Sobre Nóminas por parte del Gobierno del Estado.
En una sentencia dictada el 19 de junio de este año el Juzgado Decimocuarto de Distrito de Sonora, a cargo de Rocío Monter Reyes, determinó que eran infundados los reclamos hechos por la empresa en contra del Congreso del Estado y del Gobierno de Sonora.
De acuerdo con el expediente número 350/2023 radicado en ese tribunal federal el Juzgado Decimocuarto de Distrito determinó en esa fecha que se sobresea el reclamo hecho en contra del Congreso del Estado y del Gobernador de Sonora (Alfonso Durazo) en lo que hace a su participación en el proceso legislativo de los artículos 246 fracción I, 249, 292, BIS y 289 de la Ley de Hacienda del Estado de Sonora.
La sentencia precisa que al sobreseer el juicio de amparo nace la imposibilidad jurídica de estudiar el fondo del asunto, por lo cual la juzgadora no se encuentra obligada a realizar manifestación alguna sobre uno de los conceptos de violaciñón (el número cuarto), detalla el fallo.
En lo relacionado con otro de los reclamos por los que se solicitó el amparo “Organización y Servicios DESA” se indica que se argumentó que era inconstitucional porque no atiende capacidad contributiva de la compañía, sino al interés en continuar con el cobro de contribuciones calificadas como inconstitucionales por gravar el cumplimiento de obligaciones fiscales.
Sin embargo, al revisar los argumentos de los abogados de la empresa, la Jueza concluyó que eran infundados:
“Se concluye lo anterior, pues el poder legislativo ya sea que se trate del Congreso de la Unión o de los congresos de las entidades federativas, tienen la facultad de diseñar el ámbito tributario, lo que les otorga un margen amplio de libertad de configuración…”.
Ello, agrega la sentencia de Monter Reyes, indica que no existe un derecho constitucionalmente tutelado para que el sistema tributario permanezca inmodificable y estático.
“… Por el contrario”, precisa, “resulta indispensable para el poder público adaptar la normatividad fiscal al contexto económico, tanto nacional e internacional, así como a las necesidades públicas”.
El tribunal federal añade que por regla general la modificación de una norma tributaria tiene un fin de interés público, preponderante al interés particular de cada contribuyente.
Recuerda en su fallo que en base al principio de generalidad tributaria se tutela el interés del Estado en la percepción de ingresos, interés público encaminado a atender las necesidades sociales relevantes con amplio respaldo o tutela constitucional, así como la necesidad de basar la contribución de los ciudadanos para sostener los gastos públicos en criterios de solidaridad.
“Por lo tanto”, concluye ” si el producto de la recaudación es destinado al pago de un gasto público especial que beneficia en forma directa a la colectividad, no sólo no infringe, sino que acata fielmente lo dispuesto en el artículo 31, fracción IV de la Constitución Federal”.
Y en sus argumentos hace un resumen concluyente:
“…Se reitera… el artículo 216 de la Ley de Hacienda de Sonora, mediante el cual se aumentó la tasa del Impuesto sobre Remuneraciones al Trabajo Personal de un 2 a un 3%, no es violatorio del principio de seguridad pública ya que este no otorga a los contribuyentes el derecho para que el sistema tributario permanece inmodificable y estático, debido a la imposibilidad del contribuyente de contar con la esperanza de que una tasa, tarifa, e incluso un régimen de tributación permanezcan inmodificables hacia el futuro”, asentó.
Luego de conocer la resolución la empresa “Organización y Servicios DESA” interpuso un recurso de revisión.
Este proceso se desahoga en el Primer Tribunal Colegiado en materias Penal y Administrativa bajo el expediente número 796/2023.
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El caso
+ Demandante: Organización y Servicios DESA.
+ Demandado: Gobernador de Sonora y Congreso del Estado.
+ Tribunal: Juzgado Decimocuarto de distrito de Sonora.
+ Titular: Rocío Monter Reyes.
+ Número de expediente: 350/2023.
+ Inicio de la demanda: 14 de marzo del 2023
+ Acto Reclamado: Cobro de una sobretasa de 2% a 3% en el Impuesto sobre Remuneraciones al Trabajo Personal, mejor conocido como Impuesto Sobre Nóminas.
+ Primer fallo relevante: El 19 de junio de este año el tribunal federal negó el amparo solicitado por la empresa.
+ Segundo fallo relevante: El 5 de julio del 2023 la empresa afectada solicitó una revisión de la sentencia original la cual está siendo desahogada por el Primer Tribunal Colegiado en materias Penal y Administrativa de Sonora.
Fuente: Consejo de la Judicatura Federal.
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La protagonista
+ Nombre: Organización y Servicios DESA.
+ Origen: Guaymas, Sonora.
+ Giro: Servicios administrativos.
+ Fecha de constitución: 4 de junio del 2004.
+ Socios fundadores: Rosalío Lizárraga Sánchez y Delta Sagax (socio mayoritario).
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+ Directivos principales: Jorge Horacio Mazón Rubio, Fernando Alfonso Hernández Lohr y Jorge Francisco Landgrave Gándara.
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