22 noviembre, 2024
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El contagio del SARS-CoV-2 ya es una enfermedad de trabajo contemplada en Ley federal: STyPS

Desde abril el IMSS publicó los criterios para solicitar una incapacidad temporal por causa del nuevo coronavirus. De comprobarse la causa-efecto, trabajo-daño, recibirán el beneficio del seguro de riesgos de trabajo del Instituto.
Se incluyó en el artículo 475 que contempla “todo estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo, o en el medio en que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios”.
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social reconoció como una enfermedad de trabajo el contagio por el virus SARS-CoV-2. El nuevo coronavirus ya está contemplado en en la fracción 136, del artículo 513, de la Ley Federal del Trabajo, entre las que se encuentran otras enfermedades virales como la hepatitis, rabia, neumonías, mononucleosis infecciosa, poliomielitis, entre otras.
Tras el exhorto de la comisión permanente del Congreso de la Unión la dependencia, a cargo de Luisa María Alcalde, hizo público que, en el marco de la Comisión Consultiva Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, constituida en febrero, se actualizó la tabla de enfermedades de trabajo.
“El reconocimiento de la afectación por SARS-CoV-2 como enfermedad de trabajo, está sustentado en el artículo 475 de la Ley Federal del Trabajo que define como enfermedad de trabajo ‘todo estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo, o en el medio en que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios’, que tiene como resultado secuelas o la muerte del trabajador“, destacó la STyPS.
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) publicó el 3 de abril de 2020 los “Criterios de calificación para casos con coronavirus como enfermedad de trabajo”, en los que se estableció el mecanismo por el que se reconocerá la COVID-19 como causal de incapacidad, no sólo para quienes trabajan al interior del Instituto, sino para todas las personas trabajadoras afiliadas al IMSS.
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A partir de esto, quienes soliciten una incapacidad temporal por causa del nuevo coronavirus recibirán el beneficio del seguro de riesgos de trabajo del IMSS, “siempre y cuando las investigaciones determinen la causa-efecto, trabajo-daño”.
En marzo, el Presidente Andrés Manuel López Obrador expresó que despedir a trabajadores en las circunstancias actuales es “injusto” e “indebido” porque carece de fundamento legal, e hizo un llamado a los empresarios “para que tengan dimensión social y que no despidan a sus trabajadores”.
La Organización Internacional del Trabajo (OIT) prevé que la crisis de empleo por COVID-19 sea peor que la observada en 2008, misma que fue propiciada por el desplome del mercado inmobiliario en Estados Unidos, a partir de 2004. Los cálculos de la OIT indican que la crisis actual podría costar hasta 25 millones de empleos a nivel mundial, mientras que la crisis de 2008 barrió con un aproximado de 22 millones de trabajos en todo el mundo.
La información oficial indica que los trabajadores de los sectores productivos secundario (de la industria) y terciario (de servicios) serán los más afectados por la crisis económica impulsada, entre otros factores, por la pandemia de COVID-19.
En el sector secundario estarán en juego, sobre todo, 13.8 millones de empleos relacionados con actividades de maquila. Y del sector terciario, hay 18.3 millones de empleos en riesgo, que corresponden a servicios de comercio, restauranteros y de alojamiento, así como de transportes y comunicaciones, de acuerdo con cifras del Banco de Información Económica del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (Inegi).