26 noviembre, 2024
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Bimbo evita con amparo cobro por carga-descarga en Álamos

ÁLAMOS, Son.- La empresa panificadora Bimbo, una de las marcas más grandes de su giro en el mundo, ganó un amparo y, por lo pronto, no será objeto de cobro de un derecho por carga y descarga de sus productos en el municipio de Álamos.
De acuerdo con el expediente 909/2023 radicado en el Juzgado Séptimo de Distrito la empresa recibió la Suspensión Definitiva el 21 de junio de este año.
“… Se concede a Bimbo, sociedad anónima de capital variable la suspensión definitiva solicitada contra los actos reclamados a las autoridades responsables…”, precisa la resolución dictada por el Juez Séptimo de Distrito de Sonora, Yazmín Angélica Murillo Badilla.
La empresa había solicitado el amparo el 6 de junio del 2023.
En esa fecha la compañía panificadora que dirige Daniel Servitje reclamo la protección de la justicia contra un artículo de la Ley de Ingresos del Ayuntamiento de Álamos que establece el cobro por carga y descarga de los productos que comercializa la empresa.
“… (Los) actos reclamado específicos (son la) Ley de Ingresos y Presupuesto de Ingresos del Ayuntamiento del Municipio de Álamos, Sonora para el ejercicio fiscal 2023, por lo que hace al artículo 34 fracción IV…”, precisa la demanda presentada por los abogados de la empresa ante el tribunal federal.
Detallan que se rechaza la aplicación de la medida de cobro de carga y descarga de las unidades de la empresa.
El primer cobro se le hizo el 17 de mayo pasado, y quedó registrado en el oficio número 148/2023.
Luego de concederse el primer fallo en el juicio, el 19 de junio de este año, el tribunal informó de la entrega de informes recibidos por el juzgado de parte de la autoridad.
Uno de los informes que se agregó fue el remitido por el Gobernador del Estado, Alfonso Durazo, el 20 de junio.
Otros fueron enviados por el Director de Ingresos del Ayuntamiento de Álamos y el representante legal del Congreso del Estado.
El caso
+ Demandante: Bimbo.
+ Demandado: Congreso del Estado, Gobernador y Ayuntamiento de Álamos.
+ Tribunal: Juzgado Séptimo de Distrito.
+ Titular: Yazmín Angélica Murillo Badilla.
+ Acto reclamado: Cobro por carga y descarga de unidades de la empresa incluidas en la Ley de Ingresos del Ayuntamiento de Álamos.
+ Fecha de presentación de la demanda: 6 de junio de 2023.
+ Primer fallo relevante: El 21 de junio el juzgado otorgó la Suspensión Definitiva a favor de la empresa.
Fuente: Consejo de la Judicatura Federal.
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El protagonista
+ Nombre: Bimbo.
+ Giro: Panificadora.
+ Origen: Monterrey, Nuevo León.
+ Fecha de constitución: 14 de enero de 1959.
+ Socios fundadores: Lorenzo Servitje, Rosa Torralardo, Ignacio Mijares, Arturo Torralardo de Pata, Agustín Martínez Salinas y Jime Jorba Torres.
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La manzana de la discordia
La empresa Bimbo rechaza pagar el cobro por carga y descarga dentro del municipio de Álamos incluida en la sección VIII en el apartado de Servicios de Tránsito Municipal:
Artículo 33.- Todos los propietarios de vehículos registrados en Álamos o que circulen ordinariamente en el territorio del municipio, deberán regularizar su situación ante la Tesorería Municipal para poder obtener su certificado de no adeudo por multas de tránsito antes de tramitar la renovación o revalidación de sus placas para el año 2023. 
Artículo 34.- Por los servicios que en materia de tránsito presten los ayuntamientos, se pagarán derechos conforme a las siguientes cuotas: 
IV. Por el estacionamiento de vehículos pesados de transporte público de carga autorizados para realizar maniobras de carga y descarga dentro de la ciudad se pagarán derechos por maniobra de la forma siguiente: 
a) Carga ligera, pick up, tonelada o Rabón 3.25
b) Torton 6.51
c) Tracto camión y remolque 6.51
d) Equipo especial movible (Grúas) 8.61
Se podrán realizar convenios de pago con los prestadores o usuarios del transporte de carga, a efecto de cubrir este derecho mediante una cuota que ampare anticipadamente y durante el primer mes del año fiscal las operaciones de carga y descarga que habrá de efectuar en un periodo determinado (año), pudiendo el Ayuntamiento aplicar una reducción del 20% de la tarifa.